Actualización sobre la extinción de un contrato de seguro de hogar.
La extinción de un contrato de seguro de hogar puede producirse por culpa del asegurado o por culpa de la aseguradora. En todos los casos se deberán respetar las condiciones y el plazo para la resolución del contrato de seguro de hogar.
Rescisión de un contrato de seguro de hogar por parte del asegurado
Existen varios supuestos en los que el asegurado puede solicitar la resolución de un contrato de seguro de hogar.
- A la 1ª fecha de vencimiento del contrato de seguro de hogar.Un contrato de seguro de hogar se renueva automáticamente en cada fecha de vencimiento, y la fecha de vencimiento generalmente corresponde a un año. Nota: el plazo puede ser menor y finalizar el 31 de diciembre del año en curso si el contrato se firmó durante el año calendario. La fecha límite para resolver un contrato de seguro de hogar es entonces la fecha de vencimiento del contrato, cualquiera que sea. Para ello, envíe a la aseguradora una carta de cancelación por correo certificado 2 meses antes de la fecha de vencimiento. Puede encontrar un modelo de carta de cancelación de contrato de seguro de hogar en el sitio web del Gobierno. La aseguradora tiene la obligación de recordarle este plazo, en particular de informarle de la posibilidad de resolver el contrato al menos 15 días naturales antes de la fecha límite en la que puede solicitar la resolución. Y, si la aseguradora no te informa de la posibilidad de resolver el contrato, entonces puedes solicitar la resolución, sin penalización, en cualquier momento posterior a la fecha de vencimiento, siempre por carta certificada dirigida a la aseguradora.La rescisión surte efecto el día siguiente a la fecha del matasellos.
- Después del primer año de contrato, puedes solicitar la resolución de un contrato de seguro de hogar en cualquier momento, mediante carta certificada. La rescisión surte efecto 1 mes después de la recepción de su solicitud por parte de la aseguradora. Y el asegurador deberá reembolsarle la parte de la prima ya pagada correspondiente al período del contrato que reste por ejecutar. Nota: los inquilinos, que deben contratar un seguro de hogar, pueden elegir una nueva aseguradora que, previa solicitud, se encargará de rescindir el antiguo contrato de vivienda con la antigua aseguradora.
- En caso de cambio de situación. Varios cambios en su situación permiten solicitar la resolución de un contrato de seguro de hogar fuera del plazo habitual (la fecha de vencimiento o el final del primer año del contrato): una mudanza, la agravación del riesgo como la adición de personas en casa, por ejemplo (luego deberás informar a tu aseguradora de cualquier cambio de situación en el plazo de 15 días naturales), la modificación de las cláusulas del contrato como un aumento de tarifa, por ejemplo (puedes rechazar la modificación, por lo tanto cancelar el contrato).
- Después del fallecimiento del asegurado, los herederos pueden optar por continuar el contrato (y por tanto pagar las cotizaciones) o por rescindir el contrato (la rescisión surte efecto 1 mes después de la recepción de la carta por parte del asegurador).
En todos los casos, recuerda enviar tu carta de solicitud de resolución del contrato por carta certificada con acuse de recibo y conservar el acuse de recibo como prueba para la resolución del contrato de seguro de hogar.
Rescisión de un contrato de seguro de hogar por parte de la aseguradora
También es posible que la aseguradora solicite la terminación de un contrato de seguro de hogar, en varias situaciones.
- Al término del contrato, el asegurador podrá rescindirlo, mediante carta certificada y previo aviso de 2 meses antes de la fecha de vencimiento.
- En caso de impago de la prima, la aseguradora puede enviarte un requerimiento de pago de la prima en un plazo de 30 días naturales. A f alta de pago por su parte, el plazo para la resolución del contrato de seguro de hogar por parte de la aseguradora en este caso es de 10 días naturales posteriores a los 30 días naturales concedidos en el escrito de requerimiento.
- En caso de declaración falsa u omisión por parte del asegurado. El asegurador podrá resolver el contrato mediante carta certificada en la que se especifique la falsedad u omisión.
- En caso de mayor riesgo. El asegurado deberá comunicar al asegurador cualquier cambio en su situación, en el plazo de 15 días naturales, mediante carta certificada. Si el asegurador considera que existe una agravación del riesgo, entonces podrá comunicarle en el plazo de 10 días naturales desde que tuvo conocimiento de la modificación la negativa a cubrir el nuevo riesgo y por tanto la resolución del contrato, en el plazo de 10 días naturales.La aseguradora también puede ofrecerte un aumento de la prima y, si lo aceptas, el contrato sigue vigente, pero si lo rechazas, el contrato se resuelve en un plazo de 30 días naturales.
- Después de un siniestro, el asegurador podrá resolver el contrato, en el caso de que esta condición esté expresamente prevista en el contrato. La rescisión surte efectos 30 días naturales después de la notificación por parte del asegurador de la rescisión.
- Después de la muerte del asegurado, el asegurador puede rescindir el contrato tan pronto como haya sido transferido a un heredero del asegurado.