Procedimientos explicados
Los trámites de reclamación del Crédito Tributario por Transición Energética implantados para mejorar la calidad ambiental de determinadas viviendas no presentan ninguna dificultad particular. Nada en este CITE puede disuadir a las personas de emprender trabajos de renovación para hacer que la vivienda sea más cómoda y consuma menos energía mientras se beneficia de las ayudas públicas.
Los diferentes pasos a seguir
Para ser elegible para el CITE, es imprescindible asegurarse de que las obras elegibles estén en perfecta concordancia con la factura de financiación de 2016 que establece la finalización de las obras y su pago el 31 de diciembre de 2016. Es recomendable respetar el disponible para las autoridades fiscales todas las pruebas que se requieran, como las facturas de compra de equipos y las relativas a la instalación, elaboradas por una empresa de RGE que proporciona mano de obra y suministros. Finalmente, se debe respetar la fecha de declaración de ingresos porque allí se deben mencionar los montos comprometidos.
¿Cuándo declarar?
Una vez recopilados los hechos generadores del CITE, el monto de los gastos incurridos deberá ser trasladado a la cuenta de resultados. Se reserva una línea para este propósito. Por ahora, este crédito fiscal se extiende hasta el 31/12/2016. Los gastos incurridos en 2015 deben informarse en la planilla de impuestos sobre la renta de 2016 para 2015. Para no cometer errores al informar, puede ser útil consultar la guía del impuesto sobre la renta.
¿Cuáles son las condiciones de elegibilidad?
Las principales condiciones de elegibilidad para el CITE se relacionan con la antigüedad de la construcción, la calidad de la empresa, la duración de las obras y el interesado. Por lo tanto, el CITE se puede obtener si se cumplen las siguientes condiciones. La casa es exclusivamente una residencia principal y tiene más de dos años; la empresa a cargo de la obra energética cumple con criterios específicos de calificación y debe proporcionar los materiales utilizados: la obra debe haber sido realizada y pagada antes del 31 de diciembre de 2016. Si la obra es objeto de un crédito, este último debe ser reembolsado íntegramente antes de esta fecha límite; el interesado debe estar domiciliado en Francia a efectos fiscales y ser propietario y ocupante del alojamiento en cuestión - apartamento o casa unifamiliar -, inquilino u ocupante de forma gratuita. Las reglas de elegibilidad para el CITE se detallan en el artículo 200 quater del Código General Tributario. Sujeto a las condiciones de los recursos, un contribuyente puede reclamar el CITE incluso si, además, se ha beneficiado del ecopréstamo a tipo cero.
¿Qué pasa con los gastos incurridos en 2014?
Los contribuyentes que hayan tenido paquetes de trabajo realizados entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2014, es decir, antes de la reforma de la ley de finanzas, pueden beneficiarse de una medida transitoria. Las obras técnicas de mejoramiento del hogar que se realicen durante este período podrán optar al CITE, siempre que cumplan las condiciones exigidas por este reglamento.
¿Cómo se calcula la base?
La base de gastos sobre la que se relaciona el CITE se puede resumir: el precio de los materiales y el de los equipos, excepto la mano de obra. Sin embargo, se tiene en cuenta la mano de obra necesaria para la instalación de un intercambiador de calor para bombas geotérmicas cuando es subterráneo, así como el costo de instalación de los materiales aislantes para paredes opacas. Si el interesado se ha beneficiado de otras ayudas públicas como ANAH o ayudas del consejo regional, por ejemplo para la compra de diversos equipos subvencionables, el importe total de esta ayuda adicional se deducirá automáticamente de los gastos incurridos para calcular el CITED.