¿Es obligatorio tener un seguro de hogar?

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Anonim

¿Seguro de hogar para quién?

Cuando se trata de seguros para el hogar, las preguntas superan en número a las respuestas. ¿Es realmente obligatorio? ¿Para propietarios o inquilinos? ¿Para qué tipo de alojamiento? Para elegir el contrato de seguro de hogar adecuado, ¡hacemos un balance de nuestras obligaciones!

El seguro de hogar obligatorio para inquilinos

No es cuestión de dudar, para los inquilinos, el seguro de hogar es obligatorio y se debe proporcionar un certificado a la firma del contrato. En teoría, incluso debe reproducirse todos los años, en su defecto el propietario del alojamiento puede exigirlo mediante notificación. Sin una respuesta del inquilino, el arrendador tiene derecho a rescindir el contrato de arrendamiento si el contrato así lo prevé, oa contratar él mismo un seguro de hogar, facturado al inquilino además del alquiler.

No obstante, cada inquilino puede elegir el contrato de seguro y la aseguradora que más le convenga. El único requisito es cubrir los riesgos de alquiler en caso de desastre: daños por agua, incendio o explosión, incluidos en el Contrato de GRL o garantía de riesgo de alquiler. Tenga en cuenta que esto no incluye la compensación por daños causados a terceros o a la propiedad del inquilino. En este caso, es necesario agregar extensiones de garantía con una cláusula de “recurso de vecinos y terceros”, u optar por una Contrato de vivienda multirriesgo todo incluido.

¿Es obligatorio el seguro de fianza para los propietarios de viviendas?

Sorprendentemente, un propietario es no es necesario contratar un seguro de hogar para su hogar, incluso cuando lo ocupe, salvo que el alojamiento en cuestión esté ubicado en un condominio. En este caso, deberá asegurar al menos la parte de responsabilidad civil.

  • Para propietarios ocupantes, es decir quienes viven en su propiedad, no es obligatorio asegurar la propiedad … pero cuidado con las consecuencias. Si el seguro del hogar es casi imprescindible, de lo contrario no se cubren los daños. Ya sea que se trate de un incendio, un robo o daños por agua, no es posible ninguna compensación. Si la casa se incendia, la factura completa corre a cargo del propietario no asegurado.
  • Mismo principio para los propietarios, es decir, los que alquilan su propiedad a terceros: el seguro del hogar no es obligatorio, pero francamente recomendable. Si bien los inquilinos deben asegurar su alojamiento, su seguro no cubre todos los riesgos, de ahí la existencia Seguro "PNO" para propietarios no ocupantes. Incluyen la responsabilidad civil que cubre los daños relacionados con un defecto de construcción o falta de mantenimiento, con "recurso de los inquilinos" y "recurso de vecinos y terceros", según la víctima del daño. También puede ir acompañado de un seguro contra alquileres impagos, excluyendo alquileres de temporada.

Los casos especiales del seguro de hogar

La tradición francesa obliga, ¡ninguna regla sin excepción! Los inquilinos no están sujetos a la obligación de seguro de hogar en tres casos específicos: alquiler de temporada, alquiler amueblado y alojamiento oficial. A pesar de todo, siguen siendo responsables y deben indemnizar al propietario en caso de daños en el alojamiento alquilado.

  • En el caso de alquileres de temporada, el propietario del inmueble puede optar por contratar un seguro de hogar que se extiende a todos los ocupantes sucesivos para ser compensados en caso de reclamación. El contrato de alquiler también puede proporcionar un seguro temporal para los inquilinos, que pueden beneficiarse de una garantía de resort incluida en el contrato de Vivienda multirriesgo para su alojamiento principal.
  • El inquilino de un Departamento amoblado, casa amoblada, hospedaje amoblado no tienes que asegurarlo. A cambio, el propietario suele contratar una póliza de seguro de hogar extendida para los ocupantes y transfiere el costo del seguro al monto del alquiler.
  • a vivienda del personal tampoco está sujeto a seguro obligatorio. Sin embargo, la empresa propietaria del alojamiento no se hace responsable de los daños ocasionados por el inquilino, y en ausencia de seguro, este último debe hacerse cargo de cualquier daño.